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Aplazan
entrada en vigor de la Ley de Ahorro y Crédito
Popular
(02 jun. 09 – El Universal - Romina
Román
Pineda)
- Las sociedades financieras populares tienen hasta
el 31 de diciembre de 2012 para reorganizarse
La
entrada en operación de un sistema integral
de ahorro y crédito popular tendrá que
esperar. Los legisladores aprobaron una nueva prórroga
que fija como plazo el 31 de diciembre de 2012 para
las sociedades financieras populares presenten ante
la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
(CNBV) una solicitud para organizarse y funcionar
como tal.
Jaime González, director general del Banco
del Ahorro Nacional y Servicios Financieros (Bansefi),
reconoció que con la prórroga se abre
una nueva ventana para que las entidades que no estaban
en la transición de incorporarse a la ley,
lo puedan hacer.
Dijo que una de las ventajas de la nueva legislación
es que se crean disposiciones específicas
para las cooperativas. "Vemos positivo que se
considere la figura de cooperativas bajo un esquema
de supervisión que estará a cargo de
un Comité Nacional".
De acuerdo con datos del Banco del Ahorro Nacional
y Servicios Financieros (Bansefi) en el país
hay cerca de 160 cajas de ahorro popular que operan
en la ilegalidad, lo que pone en riesgo los ahorros
de cerca de 200 mil personas.
Las entidades populares que decidieron no incorporarse
a la ley representan 7% del total del sistema y estos
intermediarios no reciben la supervisión de
la autoridad, lo que significa un peligro para los
depositantes.
En la actualidad se tiene registro de 606 cajas;
de éstas, 443 decidieron apegarse a la legislación
de ahorro y crédito popular.
Hay 56 que ya recibieron la aprobación para
incorporarse al sistema formal; ocho están
en evaluación de la Comisión Nacional
Bancaria y 312 tienen una prórroga condicionada,
decir, están en proceso de cumplir con los
requerimientos de la autoridad.
La nueva Ley para Regular las Actividades de las
Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo
fija lineamientos para la organización, constitución,
organización, funcionamiento y derechos de
los socios de las cooperativas, así como de
sus organismos de integración, tal es el caso
de las Confederación y Federaciones.
El número mínimo de socios para estas
entidades será de 25 personas.
A diferencia del sistema de ahorro y crédito
popular, en donde se aplica una supervisión
delegada que recae en las federaciones, en la ley
de cooperativas, estos organismos tendrán
funciones de integración y representación
de las sociedades.
Además, las federaciones se constituirán
con la agrupación voluntaria de las sociedades,
con un mínimo de cinco y un máximo
de 50, las que elegirán libremente a sus dirigentes.
No requerirán de la autorización de
la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
para constituirse.
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